Canje del permiso de conducir en España con la DGT: requisitos, cita previa y psicotécnico
Canje de permisos de conducir extranjeros en España con la DGT Los extranjeros que trasladen su residencia habitual a España deben homologar o canjear s
Canje de permisos de conducir extranjeros en España con la DGT
Los extranjeros que trasladen su residencia habitual a España deben homologar o canjear su permiso de conducir una vez transcurridos **6 meses** desde la obtención de la residencia legal.
Países con convenio de canje directo
- Países miembros de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo.
- Países extracomunitarios con acuerdo bilateral con la DGT (como Ucrania, Reino Unido, Suiza, Andorra, Argentina, Chile, Colombia, etc.).
Documentación necesaria
1. **Documento oficial de identidad:** DNI, NIE o pasaporte en vigor.
2. **Acreditación de residencia:** Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o certificado de registro de ciudadano de la UE.
3. **Permiso de conducir original:** en vigor y expedido en el país de origen.
4. **Informe de aptitud psicofísica:** emitido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado (prueba psicotécnica con validez de 90 días).
5. **Tasa de la DGT:** modelo 4.4 abonado con tarjeta bancaria.
6. **Fotografía reciente** en color de 32x26 mm.
Pasos para realizar el trámite
1. Obtener cita previa en la sede electrónica de la DGT (sede.dgt.gob.es).
2. Acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico el día concertado con toda la documentación.
3. Recibir la autorización provisional para conducir con una validez de 90 días.
4. El permiso español definitivo se enviará al domicilio postal indicado.
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